La Corte declaró inconstitucional el cobro de impuestos a las ganancias a jubilados

  • Publicado el 26/03/2019

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones y pensiones.

Lo hizo en el caso de María Isabel García, jubilada de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, que en el año 2015, cuando contaba con 79 años de edad, promovió contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una acción con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de la deducción del impuesto a las ganancias sobre su beneficio. Afirmó que padecía problemas de salud y que los descuentos en su beneficio oscilaban entre el 29,33% y el 31,94%. 

El máximo tribunal declaró por mayoría -con los votos de Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti -la inconstitucionalidad de las normas de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan los haberes jubilatorios y de pensión. La decisión afecta a unas 400 causas que están tramitando en la Corte. El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz , votó en disidencia: consideró que las normas de la ley Nº 20.628 que establecen que las jubilaciones y pensiones están alcanzadas por el impuesto son constitucionales "ya que no se había demostrado, en el caso concreto de la actora, su inconstitucionalidad por confiscatoriedad o irrazonabilidad".